La pena de muerte en México: I Aspectos Generales.

“Si la muerte se aplicase a la conducta delictiva de los hombres, ¿quién sería el último en suicidarse?”.

El Derecho Penal tiene como principal objeto intimidar al hombre para que éste no realice algunas conductas de acción y omisión que contravengan al orden jurídico establecido, sujetandolo en la represión que el Pacto Social ha depositado en la Soberanía del Estado para asegurar el bienestar común.

La concepción y evolución del Derecho Penal ha originado diferentes posturas en cuanto a la norma se refiere, ocupando un gran debate en torno a la disposición de las penas, su duración y ejecución. Regularmente la pena ha ido modificándose en la aplicación, inhibiendo cada vez más al hombre en su entorno para lograr el sentido de temor hacia el Estado como Juez irremisible de la “mala conducta”. Doctrinalmente, el Derecho Penal también ha desembocado en un brutal cisma en las sociedades, apuntando a un debate trascendental en la concepción de las penas que han de ser punibles a los infractores.

El Derecho Mexicano en materia Penal -en teoría- ha abogado para que el delincuente sea rehabilitado en la sociedad, y éste a su vez le sea útil a la misma en la no reiteración de la conducta castigada. En los Códigos Penales de las entidades el mayor bien jurídico protegido es la vida, y como tal, desde cualquier punto de vista, en los delitos contra la vida recaen las persecuciones de mayor valía dentro del Estado. Es entonces que la vida, siendo el mayor bien que posee el hombre, deba ser tutelado con la mayor observancia y delicadeza dentro de las penas.

La rehabilitación dentro de las penitenciarias es absurda en México, notoriamente. El arte de delinquir se afina en la readaptación social hasta tomar alcances alarmantes en detrimento del Estado y de la sociedad. La política penal ha generado una penuria institucional en el desarrollo directo de la población. La persecución de los delitos ha simplificado la confianza hacia los aparatos castigadores, hacia los Poderes Judicial y Ejecutivo de los Estados y de la Federación. Los crímenes quedan impunes y se obtiene una radiografía de ineficacia en sus detenciones y persecución. Las cifras y las estadísticas muestran al delincuente como un ser que pocas veces es capturado para que pague su delito ante la sociedad.

En dicha situación y atendiendo dialécticamente un criterio de abstinencia en la conducta criminal por parte de los delincuentes, los Legisladores han optado por aumentar las penas a los delitos, de intimidar en demasía al hombre para que no las cometa. Consecuentemente, la conducta delictiva no se reduce y se entiende por tal que las medidas no son las idóneas o existe ineficacia en su persecución. Por tanto, el paradigma que los Legisladores han aplicado legislatura sobre legislatura, es crear penas más duras y estrictas para generar temor a delinquir.

De ninguna forma y con ninguna pena se ha logrado que los delitos se reduzcan, y es cuando la capitalización de la severidad se asoma nuevamente como solución para evitar que la delincuencia siga imperando en la sociedad. Los castigos aumentan y se crean nuevas de mayor influencia, nuevos debates: Cadenas Perpetuas y penas de Muerte para los delincuentes, como esperando que al tipificarlas el problema de la delincuencia pueda extinguirse de los males que nos aquejan, sin tomar en cuenta medios alternativos como una íntegra persecución para que el delito sea completamente punible.

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  1. November 17, 2008 -> Bitacoras.com

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