
Mañana, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en pleno decidirá si ejerce su facultad investigadora y de atracción en el caso de la guardería ABC, donde hace dos meses, tras un incendio han muerto 49 niños. El proyecto de resolución, a cargo del ministro Sergio Aguirre Anguiano, asegura que las autoridades encargadas han actuado de manera diligente y que no hay necesidad de que el máximo tribunal intervenga en el caso. El proyecto será desechado: de acuerdo al artículo 7º de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación (LOPJF), las resoluciones serán votadas por unanimidad o mayoría, es decir el pleno se compone de 11 ministros y sabemos de cuando menos 6 que se pronunciarán en contra de la resolución del ministro Aguirre.
Y digo que sabemos, porque analizando de manera consistente los votos de los ministros así se puede inferir, el ministro Aguirre a quien fue turnado el expediente, forma parte de la corriente conservadora de la Corte, y constantemente se ha pronunciado incluso por eliminar esta facultad investigadora. El pleno de la SCJN tiene facultades exclusivas, y éstas son de acuerdo al artículo 10 de la LOPFJ:
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Controversias constitucionales (se da en los conflictos de competencia entre poderes o niveles de gobierno)
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Acciones de inconstitucionalidad (se da cuando una ley o tratado se contradicen con la Constitución)
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Revisión de sentencia de amparo directo (recurso en contra de una sentencia de amparo directo dictada por un tribunal colegiado de circuito)
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Facultad de atracción (aquellos asunto que formalmente no le corresponden al pleno del tribunal, pero que por su trascendencia requieren el pronunciamiento de éste)
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Facultad investigadora (aquella que le permite a la corte conocer de casos donde exista una grave violación a las garantías individuales)
Esta última facultad es la que estará en juego, citemos el párrafo 2º del 97 Constitucional:
La Suprema Corte de Justicia de la Nación podrá nombrar alguno o algunos de sus miembros o algún Juez de Distrito o Magistrado de Circuito, o designar uno o varios comisionados especiales, cuando así lo juzgue conveniente o lo pidiere el Ejecutivo Federal o alguna de las Cámaras del Congreso de la Unión, o el Gobernador de algún Estado, únicamente para que averigüe algún hecho o hechos que constituyan una grave violación de alguna garantía individual. También podrá solicitar al Consejo de la Judicatura Federal, que averigüe la conducta de algún juez o magistrado federal.
Este párrafo le da fundamento legal a dicha facultad investigadora. Cabe mencionar que las resoluciones provenientes de este ejercicio, no tienen los efectos de una sentencia judicial propiamente dicha. Al investigar el caso particular, los ministros desmenuzan las actuaciones judiciales de las autoridades competentes y dan certeza jurídica de éstas. La resolución se ventila con las autoridades correspondientes en caso de que deban revisar o repetir diligencias encaminadas a resolver el caso.
En un apego estrictamente jurídico, probablemente el ministro no esté equivocado. Pero en un sentido más amplio, es una resolución que no tiene cabida tras una tragedia de la magnitud de la de la guardería ABC. Es obvio que los demás ministros, desecharán el proyecto, porque no se está investigando este caso en particular sino la totalidad del régimen de guarderías subrogadas. Siendo la Suprema Corte, las decisiones no se pueden guiar por presiones mediáticas y deben apegarse fundamentalmente a razonamientos lógico-jurídicos.
Están los expedientes en su totalidad en manos de la corte, en sesión del pleno decidirán si ejercer o no su facultad constitucional. Se ha actuado de manera responsable por parte de las autoridades, quizá quienes no somos padres no entendemos el dolor que sufren cada uno de ellos. Sin embargo una vez que el Estado ha cumplido con su labor (cuestionada por los opositores), no queda mejor camino que continuar con la vida.
Los dueños de la guardería ya comparecieron en persona. La PGR atrajo el caso y ha sido la que ha llevado las tareas ministeriales. El IMSS tomo las medidas necesarias, a posteriori, pero se han tomado. Aparte del caso del Estado de Sonora, las listas no arrojaron ningun patron en la asignación de las guarderias subrogadas. Ahora se han movido decenas de guarderias que, la verdad sea dicha, tuvieron la suerte de que construyeran una gasolinera cerca una vez instaladas las mismas. Se separo de su cargo a la encargada regional. Se giraron ordenes de aprehensión contra funcionarios que estuvieron directamente vinculados con el caso de la guarderia ABC.
Este tema no da para más. Y la Corte debería reservar la facultad investigadora para casos muy excepcionales. No solo para aquellos que los medios, los políticos y la opinión pública consideren pertinentes, por lo dramático que resultan.